miércoles, 10 de marzo de 2010

A mí me violan sólo lo normal

Cristina Peri Rossi

El Tribunal Supremo ha rebajado en cuatro años la pena
de dieciocho impuesta a dos hombres que en octubre de 2004, secuestraron a una joven, la inmovilizaron, la golpearon, la condujeron a un descampado y la violaron varias veces, produciéndole heridas en el sexo, en el ano y lesiones en todo el cuerpo, además del trauma psicológico fácil de imaginar, insoportable de vivir. La joven pidió auxilio a gritos, en vano: no había nadie en los alrededores. Uno de los argumentos de tan noble institución para rebajar la pena es que las lesiones de la joven “no exceden de las naturales secuelas que conllevan esas conductas.” Observen la retórica: llama “conductas” a las violaciones. No, las violaciones no son conductas, aunque sean frecuentes: son violaciones. Una dictadura tampoco es una conducta. Es un delito. ¿Y cuáles son “las naturales secuelas” de una violación? Porque si el desgarro de la vagina, del ano, los hematomas, los golpes, son “naturales” a violaciones, tenemos que considerar… que la violación es algo también natural. Un hecho delictivo no puede tener “secuelas naturales”, salvo que el delito mismo sea considerado como un hecho natural. Si me asaltan por la calle y me parten la mandíbula, un brazo y me rompen los dientes,¿también el Supremo consideraría que esas lesiones son las “secuelas naturales” del hecho de que me roben?
A ver, a ver, estimados miembros del Tribunal Supremo:
¿cuáles son, a su entender, las “secuelas naturales de una violación”? ¿Cuántos centímetros debe de tener el desgarro vaginal? ¿Debe de llegar al útero o a las Trompas de Falopio? ¿Una violación “natural” ¿incluye la rotura del ano? Todas estas dudas me sumen en el desconcierto: si –Dios no lo permita- alguna vez me llegan a violar procuraré que me violen sólo lo normal. Tan alto tribunal, considera por otra parte que no hay que castigar como detención ilegal el secuestro de la joven, porque era imprescindible para la comisión del delito: no la iban a violar en medio de la calle, alguien podría haberlo impedido. Con la misma argumentación, si para robarme me llevan a un descampado, me atan, me meten un esparadrapo en la boca, no debe considerarse como detención ilegal, porque es más fácil robar a quien no puede defenderse.
¿Ocurriría lo mismo si los violados fueran hombres? Las mujeres no violamos (los delitos sexuales son exclusividad masculina), pero a veces, los hombres cometen “abusos sexuales” contra niños, por ejemplo. Entonces me viene a la memoria la famosa película de Clint Eastswood: Mystic River. La convertimos en un éxito hombres y mujeres. Era la venganza de tres hombres por los abusos sexuales de los que habían sido víctimas cuando niños. Estoy esperando que un buen director de cine haga una película sobre la violación de mujeres. Sobre lo que experimentamos y el Supremo llama “secuelas naturales”. Mejor que la haga una mujer. No tengo ganas de que el guionista encuentre que la responsabilidad la tuvo la mujer, por salir de noche o llevar minifalda.

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